Conforme a la encuesta realizada el mes pasado a 114 administradores de consorcios, detectamos que su mayor problema es el alto índice de morosidad. En base a esto, consultamos a una especialista sobre el tema que nos planteo soluciones y alternativas que podrán ayudarte a superar esta situación:
Sumar canales de cobro OnLine, está comprobado que facilitan los pagos por parte de los residentes y aumentan la recaudación. Sobretodo en épocas de distanciamiento social, donde todos los servicios apuntan a digitalizarse.
Establecer un proceso de cobranza, resultará fundamental para aumentar las recaudaciones o, por lo menos, ordenar las deudas. Controlarlo semanalmente y evitar obsesionarse con el cobro, esto te liberará tiempo para otras actividades y reducirá tu estrés.
Llevar un seguimiento sistemático de las respuestas que nos dan los morosos, en cada etapa del proceso. Esto ayudará a encarar cada caso de manera personalizada, así sabremos la actitud de cada uno y cómo aumentar la posibilidad de cobro en cada situación.
Negociar descuentos o congelamiento de precios con tus proveedores, durante los próximos meses. Y, pagarles con cheques a fecha diferida. Es importante ser claro con las cuentas y darles la seguridad de que cobrarán pero con tus condiciones.
Pedirle colaboración de los residentes que puedan adelantar sus expensas y premiarlos con vouchers para amenities. O, venderles esos vouchers con descuentos, para su uso futuro. “En épocas de sequía, hay que saber que pozo tiene agua”.
Realizar una proyección de los ingresos y egresos, estimando los porcentajes de morosidad, e informar de la situación a los residentes mediante una asamblea virtual. Para anteponerse hay que saber proyectarse, organizar lo que se tiene para lo que viene.
Priorizar el pago de sueldos, obra social, del 931 y seguros. En estos momentos difíciles, debemos tener todos los papeles en regla, los riesgos que se corren son muy altos y es preciso estar cubiertos.
Solicitar los beneficios ATP, otorgados por la AFIP a los consorcios, según el decreto 332/2020. Y, mantenerse atento a cualquier otro beneficio que puedan anunciar durante la cuarentena.
Reducir las contribuciones patronales SUSS y SIPA, correspondiente a los meses de enero, febrero y marzo del 2020. Según lo reglamentado por la Ley 27.541, en sus artículos 22 y 23.
Recordar que pueden condonarse las deudas contraídas por el consorcio y sus multas e intereses. Acorde a lo reglamentado por la Ley 27.260 en su artículo 56 y por la Ley 27.541 en su artículo 12.
Esperamos que estos consejos te ayuden a superar esta compleja realidad que nos toca. Si deseas profundizar sobre alguno de estos temas, ingresa al webinar completo “Estrategias para administrar con alta morosidad”.